Solicitar un complemento para la pensión mínima de viudedad con cargas familiares

Solicita el complemento económico que se puede añadir a tu pensión de viudedad si su importe está por debajo de un mínimo y tienes familiares dependientes a tu cargo.

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Índice de contenidos
A quién va dirigido

Esta prestación se dirige a:

  • Pensionistas de viudedad con familiares a su cargo que reciben pensiones por debajo de un importe mínimo y tienen ingresos inferiores a un límite establecido.

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Existen otros complementos para pensiones mínimas que te podrían interesar:

  • Favor de familiares

  • Incapacidad permanente

  • Jubilación

  • Orfandad

  • Viudedad sin cargas familiares

Requisitos

Tienes derecho a esta prestación si:

  • Resides legalmente en España.

  • Tienes reconocida una pensión de viudedad y su importe no alcanza la cantidad mínima establecida para tu situación.

  • No superas los límites máximos de ingresos establecidos según tu situación familiar.

  • Convives con familiares a tu cargo en alguna de las siguientes situaciones:

    • Hijas o hijos menores de 26 años.

    • Hijas o hijos mayores de 26 años con una discapacidad igual o superior al 33%.

    • Menores de 18 años en régimen de acogimiento familiar o guarda con fines de adopción.

Documentación

Para realizar la solicitud, necesitarás:

  • Documento de identidad de la persona solicitante. Si vas a identificarte electrónicamente, solo necesitarás certificado digital o Cl@ve.

  • Certificado de discapacidad, en los casos de hijas o hijos a cargo mayores de 26 años.

Además, podrías necesitar documentos adicionales en función de la situación.

Selecciona para ver más información:

Realizar este trámite en nombre de otra persona
Plazos

Si cumples con los requisitos, puedes realizar la solicitud en cualquier momento.

Cuánto dura la prestación.

Los complementos para pensiones mínimas se revisan anualmente.

Una vez son reconocidos, se mantendrán junto al cobro de la pensión correspondiente siempre que los requisitos iniciales no varíen.

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Si ya disfrutas de un complemento, tienes la obligación de informar a la Seguridad Social de cualquier variación en tus ingresos en un plazo máximo de 30 días.
Puedes realizar este trámite a través del servicio:

Próximos pasos
1

Comprobante

Una vez completado el trámite, podrás obtener un comprobante de la solicitud.
2

Resolución

Recibirás la notificación en tu domicilio o el de la persona a la que representes en un plazo máximo de 3 meses.
3

Cobro de la prestación

Si la resolución es favorable, recibirás los pagos junto al importe de tu pensión en la siguiente mensualidad.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el importe del complemento?

El importe del complemento garantiza una cuantía mínima mensual siempre que no supere el límite de ingresos establecido.

¿Cuál es el límite de ingresos para acceder a un complemento para pensiones mínimas?

Los límites de ingresos para acceder a estos complementos no son únicos, sino que dependen del tipo de pensión y de la situación familiar. Consulta los límites establecidos en el siguiente enlace: Complementos a mínimos.

¿Qué quiere decir que una pensión se encuentra por debajo del límite establecido y cómo puedo comprobar si la mía lo está?

Si una pensión se encuentra por debajo del límite establecido quiere decir que su importe es inferior a una cantidad garantizada por ley.

Para saber si tu pensión se encuentra por debajo de este límite, consulta las cuantías determinadas según el tipo de pensión y situación en el siguiente enlace: Complementos a mínimos.

¿Cómo puedo comunicar cambios en mis ingresos o en mi situación para mantener mi complemento de la pensión?

Si se producen cambios en tus ingresos o en los datos de tu lugar de residencia, tendrás que comunicarlos para mantener tu complemento. Para ello, puedes acceder a los siguientes trámites:

¿Qué puedo hacer si no recibo una respuesta a mi solicitud?

Si se ha agotado el plazo establecido para la resolución de tu solicitud y no has recibido respuesta, el silencio administrativo conlleva la denegación de tu solicitud.

Si estás en este caso, puedes:

1. Verificar el estado de tu solicitud para confirmar si todavía se encuentra en trámite, a través del servicio Consultar el estado de una solicitud.

2. En caso de que la solicitud esté fuera de plazo y creas que se puede haber producido algún error o no estés de acuerdo, puedes presentar una reclamación a través del trámite Presentar una reclamación previa contra la resolución de una prestación.

¿Qué puedo hacer si mi solicitud es denegada?

Si no estás de acuerdo con la resolución de tu solicitud, tienes derecho a presentar una reclamación en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la notificación, a través del trámite Presentar una reclamación previa contra la resolución de una prestación.

Recuerda que, en el caso de iniciar una reclamación, la entidad tiene un plazo de 45 días hábiles para responder a tu reclamación.

¿Necesitas ayuda?

Teléfonos de atención a la ciudadanía

Líneas de atención general:

teléfono91 542 11 76

teléfono901 16 65 65
Posible coste adicional según operador

Atención gratuita sobre ingreso mínimo vital:

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