Revisión de un alta médica de incapacidad temporal

Solicita la revisión de un alta médica de incapacidad temporal en caso de disconformidad.

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¿Ya has realizado tu solicitud? Consulta su estado
Índice de contenidos
A quién va dirigido

Este trámite se dirige a:

  • Personas trabajadoras que están en desacuerdo con el alta de su incapacidad temporal y desean que la Seguridad Social revise su caso.

Requisitos

Realiza este trámite si:

  • Tienes un alta médica de tu incapacidad temporal que quieres que sea revisada.

Documentación

Para realizar este trámite, necesitarás:

Además, podrías necesitar documentos adicionales en función de la situación.

Selecciona para ver más información:

Revisar un alta médica emitida por una mutua o empresa colaboradora
Realizar este trámite en nombre de otra persona
Plazos

El plazo máximo para presentar la solicitud varía según el organismo emisor del alta:

  • Alta médica emitida por mutuas y empresas colaboradoras: puedes solicitar la revisión en el plazo de 10 días hábiles desde la emisión del alta médica.

  • Alta médica emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social: puedes solicitar la revisión en un plazo máximo de 4 días naturales con respecto al día de la resolución de un alta por agotamiento de 365 días.

Una vez presentada la solicitud, tendrás que comunicar a la empresa donde trabajas el inicio del proceso de revisión. Esta comunicación se debe realizar el mismo día de presentar la solicitud o en el siguiente día hábil.

Próximos pasos
1

Comprobante

Una vez completado el trámite, podrás obtener un comprobante de la solicitud.
2

Resolución

Recibirás la notificación en tu domicilio o el de la persona a la que representes en diferentes plazos según el organismo emisor del alta:
  • Mutuas y empresas colaboradoras: 15 días hábiles desde la fecha de aportación de la documentación.
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social: 7 días desde la fecha de solicitud.
Regulación en detalle

Consulta la regulación detallada para aclarar casos específicos o ampliar la información sobre este trámite.

Preguntas frecuentes
¿Qué puedo hacer si no recibo una respuesta a mi solicitud?
¿Qué puedo hacer si mi solicitud es denegada?

¿Necesitas ayuda?

Teléfonos de atención a la ciudadanía

Líneas de atención general:

teléfono91 542 11 76

teléfono901 16 65 65
Posible coste adicional según operador

Atención gratuita sobre ingreso mínimo vital:

teléfono900 20 22 22

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