Rehabilitación de una prestación ya reconocida

Solicita la recuperación de una prestación que había sido suspendida si los motivos de incompatibilidad ya no existen.

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¿Ya has realizado tu solicitud? Consulta su estado
Índice de contenidos
A quién va dirigido

Este trámite se dirige a:

  • Pensionistas con una prestación previamente reconocida que fue suspendida por algún motivo de incompatibilidad que ya no existe.

Requisitos

Realiza este trámite si:

  • Tienes reconocida una prestación de la Seguridad Social que fue suspendida por algún motivo de incompatibilidad que actualmente no existe o ha dejado de aplicar.

Documentación

Para realizar el trámite, necesitarás:

  • Documento de identidad de la persona solicitante. Si vas a identificarte electrónicamente, solo necesitarás certificado digital o Cl@ve.

Además, podrías necesitar documentos adicionales en función de la situación.

Selecciona para ver más información:

Realizar este trámite en nombre de otra persona
Plazos

Si cumples con los requisitos, puedes realizar la solicitud en cualquier momento.

Próximos pasos

Una vez completado el trámite, podrás obtener un comprobante de la solicitud.

Preguntas frecuentes
¿Qué puedo hacer si no recibo una respuesta a mi solicitud?

Si se ha agotado el plazo establecido para la resolución de tu solicitud y no has recibido respuesta, el silencio administrativo conlleva la denegación de tu solicitud.

Si estás en este caso, puedes:

1. Verificar el estado de tu solicitud para confirmar si todavía se encuentra en trámite, a través del servicio Consultar el estado de una solicitud.

2. En caso de que la solicitud esté fuera de plazo y creas que se puede haber producido algún error o no estés de acuerdo, puedes presentar una reclamación a través del trámite Presentar una reclamación previa contra la resolución de una prestación.

¿Qué puedo hacer si mi solicitud es denegada?

Si no estás de acuerdo con la resolución de tu solicitud, tienes derecho a presentar una reclamación en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la notificación, a través del trámite Presentar una reclamación previa contra la resolución de una prestación.

Recuerda que, en el caso de iniciar una reclamación, la entidad tiene un plazo de 45 días hábiles para responder a tu reclamación.

¿Necesitas ayuda?

Teléfonos de atención a la ciudadanía

Líneas de atención general:

teléfono91 542 11 76

teléfono901 16 65 65
Posible coste adicional según operador

Atención gratuita sobre ingreso mínimo vital:

teléfono020

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