Prestación por riesgo durante la lactancia
Solicita una prestación económica si necesitas interrumpir tu actividad profesional por riesgos relacionados con el trabajo durante el periodo de lactancia natural.
Esta prestación se dirige a:
Trabajadoras en situación de interrupción de su actividad profesional o suspensión del contrato de trabajo debido a los riesgos que su actividad habitual podría representar para la lactancia natural de un hijo o hija de hasta 9 meses de edad.
La prestación se aplica en situaciones en las que el riesgo deriva de las condiciones de trabajo y cuando no sea posible reubicar a la trabajadora en otras actividades o puestos compatibles dentro de la misma empresa.
Si tu trabajo no es una causa de riesgo para la lactancia natural, pero necesitas ausentarte temporalmente de tu puesto para cuidar a tu hijo o menor a cargo de menos de 9 meses, tienes derecho al permiso de lactancia. Este permiso es un beneficio diferente a esta prestación y debe ser gestionado por tu centro de trabajo.
Si esta es tu situación, dirígete al área o departamento correspondiente de tu centro de trabajo para que valoren tu caso.
Tienes derecho a esta prestación si:
Te encuentras de alta o en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social y estás al corriente en el pago de las cuotas (en caso de ser responsable de tu cotización).
Te encuentras en situación de interrupción de tu actividad profesional o suspensión del contrato de trabajo debido a los riesgos que tu actividad habitual podría representar para la lactancia natural de una hija o hijo de hasta 9 meses de edad.
Puedes demostrar la condición de riesgo mediante un certificado o informe médico y una declaración del lugar de trabajo que describa las actividades y situaciones que generan el riesgo durante la lactancia natural.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social es la entidad aseguradora de las contingencias profesionales en tu empresa.
Recuerda que si la entidad aseguradora de las contingencias profesionales es una mutua, debes presentar tu solicitud en la mutua correspondiente y no a través de este servicio.
Si tienes alguna duda sobre la entidad aseguradora que te corresponde, dirígete a tu centro de trabajo para obtener más información.
Para realizar la solicitud, necesitarás:
Documento de identidad de la trabajadora. Si vas a identificarte electrónicamente, solo necesitarás certificado digital o Cl@ve.
Informe médico del Servicio Público de Salud que acredite el periodo de lactancia natural.
Además, necesitarás documentos adicionales en función de la situación y actividad.
Selecciona para ver más información:
Puedes solicitar la prestación a partir del día siguiente al de la interrupción de tu actividad laboral y hasta 5 años después de este día.
En cualquier caso, ten en cuenta que el cobro de la prestación tiene una retroactividad máxima de 3 meses con respecto a la fecha de solicitud.
Cuánto dura la prestación
La prestación se mantendrá en vigor desde las 16 semanas posteriores al nacimiento del lactante y hasta que este cumpla los 9 meses.
Sin embargo, podría verse suspendida ante alguna de las siguientes situaciones:
Reincorporación de la trabajadora a su puesto de trabajo anterior o a otro compatible.
Finalización del contrato de trabajo.
Fallecimiento de la trabajadora o del lactante.
Recuerda que tienes la obligación de informar a la Seguridad Social sobre cualquier situación que suspenda o extinga el derecho a la prestación.
En caso de que realices más de una actividad, recibirás los pagos correspondientes a la prestación únicamente por los trabajos que supongan riesgo para la lactancia.
De esta manera, podrás recibir la prestación junto con el salario de las demás actividades.
Comprobante
Resolución
Cobro de la prestación
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