Prestación de pago único por nacimiento o adopción múltiples
Solicita la prestación económica y el descanso laboral de maternidad o paternidad por el nacimiento, la adopción o el acogimiento de menores.
Esta prestación se dirige a:
Personas trabajadoras que han tenido o van a tener hijas o hijos por parto o adopción.
Personas trabajadoras que han acogido o van a acoger a menores bajo su cargo.
Además, esta prestación también se puede solicitar en los casos de fallecimiento de un recién nacido después del parto o ante un aborto a partir de los 180 días de embarazo (en este último caso, solo pueden solicitar la prestación las madres biológicas).
Existen otras prestaciones compatibles que podrían estar relacionadas con tu situación y que también puedes solicitar:
Prestación de pago único por nacimiento o adopción múltiples.
Prestación de pago único en familias monoparentales, numerosas o con progenitores con discapacidad.
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Tienes derecho a esta prestación si:
Te encuentras de alta o en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social y estás al corriente en el pago de las cuotas (en caso de ser responsable de tu cotización).
Te encuentras en alguna de estas situaciones:
Eres menor de 21 años en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento.
Tienes entre 21 y 25 años en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento y has cotizado al menos 180 días en toda tu vida laboral, o 90 días en los últimos 7 años anteriores al momento del inicio del descanso laboral.
Tienes 26 años o más en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento y has cotizado al menos 360 días en toda tu vida laboral, o 180 días en los últimos 7 años anteriores al momento del inicio del descanso laboral.
Para realizar la solicitud, necesitarás:
Documento de identidad de las persona solicitante. Si vas a identificarte electrónicamente, solo necesitarás certificado digital o Cl@ve.
Certificado de empresa para la solicitud de prestación, solo en los casos de personas trabajadoras por cuenta ajena. Este documento debe ser enviado por la empresa a través del sistema Red y debe incluir la fecha de inicio y fin de disfrute de la prestación.
Además, podrías necesitar documentos adicionales en función de la situación.
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Conoce de forma rápida el importe de tu prestación por nacimiento y solicítala en el mismo servicio.
¿Qué necesitarás para usar este servicio?
Puedes solicitar la prestación a partir del día siguiente al del nacimiento o la adopción y hasta 5 años después de esta fecha.
Algunas situaciones permiten adelantar la solicitud hasta 4 semanas con respecto a la fecha prevista:
Madres biológicas que deseen iniciar el descanso laboral antes del parto.
Personas adoptantes en casos de adopción internacional que requieran del desplazamiento previo a otros países.
En cualquier caso, ten en cuenta que el cobro de la prestación tiene una retroactividad máxima de 3 meses con respecto a la fecha de solicitud.
Cuánto dura la prestación
La prestación tiene una duración de 16 semanas para cada una de las personas progenitoras.
Las 6 primeras semanas de descanso son obligatorias y deben ser disfrutadas de forma continuada. El tiempo restante se puede dividir en periodos semanales.
Además, algunos casos permiten ampliar el periodo de descanso:
Nacimiento o adopción de varios menores a la vez: amplía el descanso 1 semana por cada hijo distinto del primero.
Nacimiento o adopción de menores con discapacidad: amplía el descanso 1 semana.
Hospitalización del menor: amplía el descanso hasta 13 semanas adicionales.
Consulta la regulación detallada para aclarar casos específicos o ampliar la información sobre este trámite.
También podrías tener derecho a otras prestaciones en función de la situación:
Solicita una prestación económica de un único pago por el nacimiento o la adopción de dos o más menores a la vez.
Solicita una prestación económica de un único pago por el nacimiento o la adopción de menores en familias numerosas, monoparentales o con personas progenitoras con una discapacidad igual o superior al 65%.
Líneas de atención general:
Posible coste adicional según operador
Atención gratuita sobre ingreso mínimo vital:
Para consultas generales sobre prestaciones y trámites.
Puedes pedir cita para recibir atención presencial o telefónica.
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